Suprema - Rol 1062-2004
SEPULVEDA ALCAMAN LUISA AURORA C/ ESCUELA PARTICULA N°328. GABRIELA MISTRAL
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto por la demandante, confirmando la sentencia que consideró injustificado el despido pero no aplicable la indemnización adicional del Estatuto Docente (art. 87) al no configurarse la causal del art. 161 del Código del Trabajo.
Resumen
• Datos básicos del caso demanda a la Escuela Particular Nº 328, Gabriela Mistral, representada por , solicitando que se declare que su despido no puso término al contrato de trabajo o, en subsidio, que fue injustificado, y se le paguen las prestaciones correspondientes.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras de Nueva Imperial acogió parcialmente la demanda, condenando al pago de indemnizaciones y feriado proporcional. La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia de primera instancia. La demandante recurre de casación en el fondo ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos a) La demandante laboró como profesora básica desde el 1 de junio de 1992 hasta el 23 de abril de 2003. b) La demandante alega despido el 22 de abril de 2003 sin causa justificada, mientras que el demandado argumenta envío de carta de despido el 19 de mayo de 2003 tras licencia médica, invocando el artículo 160 Nº 3 del Código del Trabajo. c) Se establece como fecha del despido el 23 de abril de 2003, fecha en la cual no se había configurado la causal invocada. d) Las cotizaciones previsionales están pagadas hasta marzo de 2003. e) La última remuneración de la demandante fue de $392.420.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte...
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