Suprema - Rol 6084-2005

Abstracto

La Corte Suprema rechaza el recurso de casación, confirmando la decisión de no inscripción por parte del Conservador de Bienes Raíces debido a la contravención del artículo 13 de la Ley 19.253 sobre propiedad indígena.

Resumen

• Datos básicos del caso Reclamo en contra del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, rol Nº 106.145, Primer Juzgado Civil de Temuco. Solicitantes: y .

• Antecedentes procesales relevantes El juez titular del Primer Juzgado Civil de Temuco rechazó el reclamo contra el Conservador de Bienes Raíces de Temuco. La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia. Se interpuso recurso de casación en el fondo por las solicitantes.

• Hechos establecidos vendió a dos hijuelas ubicadas en Vilcún. El Conservador de Bienes Raíces de Temuco se negó a inscribir la transferencia, argumentando que las hijuelas provenían de la división de una comunidad indígena y estaban sujetas a la prohibición del artículo 13 de la Ley 19.253 (solo pueden enajenarse a indígenas de la misma etnia). Un informe de la CONADI confirmó que las hijuelas tenían su origen en títulos de merced adjudicados a miembros de la comunidad indígena Segundo Leviu, estando en posesión de personas indígenas al momento de entrar en vigencia la Ley 19.253.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte ¿Incurrió la sentencia recurrida en infracción de los artículos 1681, 1682 y 1683 del Código Civil, artículos 12 y 13 de la Ley 19.253 y artículos 13...

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