Suprema - Rol 5638-2007

FLORICIENTE

Abstracto

Corte Suprema, 30 de enero de 2008. Se rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial que denegó el registro de la marca "FLORICIENTA" por su carácter público y notorio.

Resumen

• Datos básicos del caso solicita el registro de la marca "FLORICIENTA" para productos de la clase 14. El Tribunal de Propiedad Industrial deniega el registro.

• Antecedentes procesales relevantes recurre de casación en el fondo contra la sentencia de segunda instancia del Tribunal de Propiedad Industrial, que revocó la de primera instancia y denegó el registro de la marca.

• Hechos establecidos El Tribunal de Propiedad Industrial considera que el signo "FLORICIENTA" tiene carácter público y notorio debido a su difusión televisiva.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Si la sentencia recurrida infringió el artículo 19 inciso primero de la Ley Nº 19.039 sobre Propiedad Industrial y el artículo 19 Nº 25 de la Constitución Política de la República al denegar el registro de la marca "FLORICIENTA".

• Argumentos de las partes El recurrente ( ) alega que el Tribunal a quo no puede presumir el carácter público y notorio del término "FLORICIENTA" sin pruebas en el proceso, basándose en hechos inexistentes y no acreditados. Argumenta además que la sentencia viola su garantía constitucional al rechazar el registro de una marca cuya cobertura no se relaciona con la de su ...

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