Suprema - Rol 5640-2007
FLORICIENTA
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación en el fondo interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial que denegó el registro de la marca "FLORICIENTA" por falta de distintividad intrínseca y adquirida.
Resumen
• Datos básicos del caso solicita el registro de la marca “FLORICIENTA” para productos de la clase 25. El Tribunal de Propiedad Industrial revoca la decisión de primera instancia y rechaza la solicitud. Se interpone recurso de casación en el fondo.
• Antecedentes procesales relevantes El Tribunal de Propiedad Industrial revocó el fallo de primer grado, rechazando el registro de la marca solicitada. Contra esta resolución, el solicitante interpone recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos El Tribunal de Propiedad Industrial determinó que la expresión “FLORICIENTA” carece de distintividad intrínseca y no ha adquirido distintividad por su uso en el mercado nacional. Consideró además la notoriedad pública del signo “FLORICIENTA” por su difusión televisiva.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial incurrió en infracción de ley al rechazar el registro de la marca “FLORICIENTA”, específicamente el artículo 19 letra f) de la Ley N° 19.039 y el artículo 10 N°25 de la Constitución Política del Estado.
• Argumentos de las partes El recurrente () argumenta que la sentencia se basa en hechos inexistentes no acreditados, vulnerando las normas citadas.
• Doctrina ...
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