Suprema - Rol 4897-2009
CLINICA AVANSALUD DEL BIO BIO CON
Abstracto
La Corte Suprema de Chile, con fecha 5 de agosto de 2010, acoge un recurso de casación en el fondo en un juicio ejecutivo, determinando que el plazo para oponer excepciones debe computarse desde la notificación de la demanda, no desde el requerimiento de pago.
Resumen
• Datos básicos del caso Juicio ejecutivo de cobro de pagaré, Rol N° 3.813-2008, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Talcahuano. Demandante: Clínica Bío Bío S.A. Demandado: .
• Antecedentes procesales relevantes El ejecutado opuso excepciones (art. 464 N° 1, 7 y 11 CPC), las que fueron declaradas extemporáneas en primera instancia. La Corte de Apelaciones de Concepción confirmó esta resolución. Se interpuso recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos
- suscribió un pagaré por $1.200.000 a favor de Clínica Bío Bío S.A.
- El 9 de marzo de 2009, fue notificado de la demanda en su domicilio en Concepción (calle Cruz Nº 543), conforme al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, y se le dejó cédula de espera.
- Fue citado para el 10 de marzo de 2009 a la oficina de la receptora judicial en Talcahuano (calle Colón N° 1086, 2° piso, departamento 201 B) para ser requerido de pago.
- El 10 de marzo de 2009, ante su inasistencia, fue requerido de pago en rebeldía en Talcahuano.
- El 19 de marzo de 2009, opuso excepciones, las que fueron declaradas extemporáneas.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si el plazo para oponer excepcione...
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