Suprema - Rol 8701-2012
LUCO VIDELA ADA Y OTRO CONTRA CLINICA LAS LILAS
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge el recurso de protección, ordenando a la Clínica Las Lilas cobrar a FONASA por la atención de urgencia de un paciente, al considerar ilegal la negativa inicial de FONASA a reconocer el riesgo vital.
Resumen
• Datos básicos del caso Acción de protección deducida por , por sí y en representación de su cónyuge, , en contra de Clínica Las Lilas.
• Antecedentes procesales relevantes Se interpone recurso de protección en contra de la Clínica Las Lilas por la negativa a certificar la atención de urgencia del Sr. y el cobro de prestaciones médicas bajo la modalidad de libre elección. La Corte de Apelaciones rechaza el recurso. Se interpone recurso de apelación ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos , beneficiario de FONASA grupo C, ingresó a la Clínica Las Lilas por una colicistitis aguda litiásica que derivó en trombosis mesentérica, requiriendo cirugía y hospitalización. La Clínica se niega a emitir certificado de urgencia vital para acogerse a la Ley de Urgencia e inicia cobros bajo la modalidad de libre elección. El Regulador SAMU Metropolitano rechazó inicialmente el respaldo económico de la Ley de Urgencia.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la negativa de la Clínica Las Lilas a certificar la urgencia vital y el cobro bajo la modalidad de libre elección vulneran el derecho a la protección de la salud (artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la R...
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