Suprema - Rol 4713-2012
GABLER CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ZAPALLAR.
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de unificación de jurisprudencia sobre el cálculo del Bono SAE (Ley 19.933), señalando que se deben descontar los incrementos del valor hora pagados en años anteriores, no solo los del período 2007-2010.
Resumen
• Datos básicos del caso Profesores demandan a la Municipalidad de Zapallar el pago íntegro del Bono SAE correspondiente a los años 2007, 2008, 2009 y 2010, por un total de $73.372.294.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras de La Ligua rechaza la excepción de incompetencia y acoge parcialmente la demanda, condenando a la Municipalidad al pago del Bono SAE por los años 2009 y 2010. La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechaza el recurso de nulidad interpuesto por la demandada. La Municipalidad interpone recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos Los demandantes son profesores que prestan servicios en la Municipalidad de Zapallar y reclaman el pago del Bono SAE.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La correcta interpretación del artículo 9° inciso 3° de la Ley N° 19.933, específicamente sobre el procedimiento de cálculo del Bono SAE y la procedencia de descontar “los montos pagados por incremento de valor hora en los años en que procedió”.
• Argumentos de las partes Demandantes: Se allanan a la excepción de prescripción respecto a los años 2007 y 2008. Demandada (Municipalidad de Zapallar): Argumenta que para el cálculo del Bono SAE deben considerarse los incrementos del valor hora desde 199...
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