Suprema - Rol 23007-2014
CONSORCIO HOSPITAL DE RANCAGUA.
Abstracto
La Corte Suprema declara inadmisible recurso de hecho contra resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua que denegó apelación sobre medida prejudicial precautoria. Se argumenta que la Corte Suprema no es tribunal de alzada en este caso.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de hecho interpuesto por Consorcio Hospital de Rancagua S.A. contra la resolución de la Corte de Apelaciones de Rancagua que denegó un recurso de apelación contra una decisión sobre una medida prejudicial precautoria.
• Antecedentes procesales relevantes: El 30 de julio, la Corte de Apelaciones revocó una resolución de primera instancia que había concedido una medida prejudicial precautoria innominada. Contra esta decisión, Consorcio Hospital de Rancagua S.A. interpuso un recurso de apelación, el cual fue denegado por la Corte de Apelaciones mediante resolución de 12 de agosto. Previamente, se había interpuesto un recurso de reposición, también denegado.
• Hechos establecidos: La Corte de Apelaciones de Rancagua denegó la apelación interpuesta por Consorcio Hospital de Rancagua S.A. contra la resolución que revocó la medida prejudicial precautoria.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si la Corte de Apelaciones denegó correctamente la apelación y si el recurso de hecho es admisible ante la Corte Suprema.
• Argumentos de las partes: El recurrente (Consorcio Hospital de Rancagua S.A.) argumenta que la resolución de la Corte de Apelaciones es un auto que se pronuncia sobre un trámite no establecido en la ley,...
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