Suprema - Rol 29555-2014

ELGUETA Y ELGUETA LIMITADA CONTRA CARABINEROS DE CHILE

Abstracto

Santiago, veintinueve de agosto de dos mil veintitrés.

VISTOS:

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos sexto a octavo, que se eliminan.

Y TENIENDO EN SU LUGAR PRESENTE:

1° Que, según se desprende de los antecedentes, la recurrente, , interpone acción de protección en contra de la Prefectura de Carabineros Cachapoal, a raíz de la dictación de la Resolución N° 347 de 14 de junio de 2023, que rechazó el recurso de revisión interpuesto en contra de la Resolución N° 242 de 28 de abril de 2023, que, a su vez, rechazó la solicitud de renovación de la autorización para funcionar como empresa de seguridad privada.

Funda su recurso en que la resolución impugnada es ilegal y arbitraria, ya que no se ajusta a la normativa vigente, vulnerando las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N° 2 y N° 24 de la Constitución Política de la República.

2° Que, en primer término, cabe señalar que la acción de protección de derechos fundamentales establecida en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, es un recurso de carácter cautelar, destinado a amparar, en forma rápida y eficaz, el legítimo ejercicio de los derechos y garantías que allí se enumeran, cuando, a consecuencia de actos u omisiones ilegales o arbitrarios, sufren privación, perturbación o amenaza.

3° Que, en la especie, la recurrente alega que la resolución impugnada es ilegal y arbitraria, ya que no se ajusta a la normativa vigente, vulnerando las garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N° 2 y N° 24 de la Constitución Política de la República.

4° Que, sin embargo, del análisis de los antecedentes, aparece que la resolución impugnada se dictó en el ejercicio de las facultades legales y reglamentarias de la recurrida, y que no se advierte que haya incurrido en ilegalidad o arbitrariedad alguna.

En efecto, la resolución impugnada se funda en que la recurrente no subsanó las observaciones formuladas en relación con la capacitación de su personal y con las deudas previsionales (multas impagas), lo que impide renovar la autorización para funcionar como empresa de seguridad privada.

5° Que, en tales condiciones, no se advierte que la resolución impugnada haya vulnerado las garantías constitucionales invocadas por la recurrente, razón por la cual el recurso de protección debe ser rechazado.

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia apelada de veintiséis de julio de dos mil veintitrés, dictada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, y en su lugar, se rechaza el recurso de protección interpuesto en contra de la Resolución N° 347 de 14 de junio de 2023, dictada por la Prefectura de Carabineros Cachapoal.

Regístrese y devuélvase.

Redacción a cargo del Abogado Integrante .

Rol N° 94.715-2023.

Pronunciado por la Tercera Sala de esta Corte Suprema integrada por los Ministros (as) , , y los Abogados Integrantes y .

Resumen

• Datos básicos del caso Recurso de protección contra la Resolución N° 347 de 30 de julio de 2014, dictada por el Teniente Coronel de la Prefectura de Carabineros de Cachapoal N° 11, que rechazó el recurso de revisión administrativa interpuesto por la actora respecto de la Autorización N° 17 de 26 de mayo del año anterior.

• Antecedentes procesales relevantes Se interpone recurso de protección en contra de la resolución que rechazó el recurso de revisión administrativa interpuesto por la actora. La Corte de Apelaciones acoge el recurso de protección. Se elevan los antecedentes a la Corte Suprema vía recurso de apelación.

• Hechos establecidos La resolución impugnada rechazó el recurso de revisión administrativa interpuesto por la actora respecto de la Autorización N° 17, debido a que no subsanó las observaciones realizadas por la autoridad, consistentes en no haber dado cumplimiento a la obligación de capacitar a su personal de seguridad y en registrar deudas previsionales (multas impagas).

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la resolución impugnada es ilegal y/o arbitraria y si vulnera las garantías constitucionales invocadas por la recurrente.

• Argumentos de las partes Recurrente: Alega que no tiene deuda previsional según certificado...

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