Suprema - Rol 13506-2015

ECO HYBRID

Abstracto

La Corte Suprema rechaza el recurso de casación interpuesto por , confirmando la sentencia que rechazó el registro de la marca mixta “EXCO HYBRID” por vulnerar el artículo 20 letras f) y h) de la Ley 19.039.

Resumen

• Datos básicos del caso interpone recurso de casación en el fondo contra la sentencia que confirmó el rechazo a la solicitud de registro de la marca mixta “EXCO HYBRID” para la clase 12.

• Antecedentes procesales relevantes La sentencia de primera instancia acogió la demanda de oposición y rechazó la solicitud de registro de la marca mixta “EXCO HYBRID”. La Corte de Apelaciones confirmó esta decisión. interpuso recurso de casación en el fondo.

• Hechos establecidos La sentencia impugnada estableció la existencia de semejanzas determinantes entre el signo solicitado “ECO HYBRID” y el de la oponente “HYBRID”, considerando que la adición del segmento “ECO” no crea un cuño distintivo. Se presume que otorgar el registro de la marca solicitada podría generar confusión en el público consumidor respecto a la procedencia, cualidad y género de los productos.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la sentencia impugnada infringió los artículos 16, 19, 20 letras f) y h) de la Ley N° 19.039 y el artículo 23 del Reglamento de la Ley de Propiedad Industrial al rechazar el registro de la marca mixta “EXCO HYBRID”.

• Argumentos de las partes argumenta que la marca solicitada es mixta, novedosa y distintiva, y...

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