Suprema - Rol 22238-2015
TELEVISA S.A. DE C.V. (UNICABLE)
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de casación en el fondo contra sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial, ordenando el registro de la marca "UNICABLE" al estimar que no existe riesgo de confusión con la marca preexistente "UNI".
Resumen
• Datos básicos del caso Recurso de casación en el fondo interpuesto por contra la sentencia del Tribunal de Propiedad Industrial que confirmó la decisión del Director del INAPI de rechazar el registro de la marca “UNICABLE” para servicios de la clase 38. El rechazo se fundó en las causales de irregistrabilidad del artículo 20 letras f) y h) de la Ley 19.039, debido a la existencia previa de la marca “UNI”.
• Antecedentes procesales relevantes El Director del INAPI rechazó de oficio el registro de la marca “UNICABLE”. El Tribunal de Propiedad Industrial confirmó esta decisión. interpuso recurso de casación en el fondo.
• Hechos establecidos INAPI rechazó el registro de la marca “UNICABLE” solicitada por para la clase 38, debido a la existencia previa de la marca “UNI” registrada por Editora de Publicaciones S.A. para la misma clase.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte Determinar si la marca “UNICABLE” es registrable, considerando la existencia previa de la marca “UNI”, ambas para la clase 38, y si se configuran las causales de irregistrabilidad del artículo 20 letras f) y h) de la Ley 19.039.
• Argumentos de las partes (recurrente): La marca “UNICABLE” posee elementos adicionales que le o...
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