Suprema - Rol 35576-2017
HIDALGO CON SERVICIOS AEREOS PEWEN S.A.
Abstracto
La Corte Suprema rechaza el recurso de unificación de jurisprudencia,confirmando el fallo que declaró improcedente el descuento del seguro de cesantía a la indemnización por años de servicio tras un despido injustificado. Se reafirma la interpretación restrictiva del artículo 13 de la Ley 19.728.
Resumen
• Datos básicos del caso El caso RIT O-406-2016, RUC 1640055288-K, proviene del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt. El demandante es y el demandado Servicios Aéreos Pewen S.A.
• Antecedentes procesales relevantes El Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt acogió la demanda de despido injustificado, declarando el despido como improcedente y condenando a la demandada al pago de $5.474.919 por concepto de recargo del 30% de la indemnización por años de servicio, además de la restitución de descuentos indebidos. La demandada interpuso un recurso de nulidad, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Posteriormente, la demandada interpuso un recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema.
• Hechos establecidos El demandante fue despedido por la causal del artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo (necesidades de la empresa). El tribunal de primera instancia declaró este despido como improcedente.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte La materia de derecho a unificar es si procede el descuento del aporte del empleador al seguro de cesantía de la indemnización por años de servicio cuando el despido por necesidades de la empresa (artículo 161...
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