Suprema - Rol 43095-2017
GBV CAPITALES S.A. CON CONSESIONES SANTIAGO SOCIEDAD PARTICIPANTE S.A. (E)
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de casación en el fondo, invalidando sentencia que rechazó excepción de falta de fuerza ejecutiva. Se establece que la cesión de facturas electrónicas debe realizarse mediante medios electrónicos inscritos en el registro público del SII.
Resumen
• Datos básicos del caso Juicio ejecutivo caratulado “GBV Capitales S.A. con Concesiones Santiago Sociedad Participante S.A.”, Rol N° 23.656-2015, del Décimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago.
• Antecedentes procesales relevantes El juzgado de primera instancia rechazó las excepciones opuestas por la ejecutada (art. 464 N° 2 y 7 del Código de Procedimiento Civil) y ordenó seguir adelante con la ejecución. La Corte de Apelaciones confirmó esta decisión. La ejecutada interpuso recurso de casación en el fondo contra la sentencia de segunda instancia.
• Hechos establecidos
- solicitó la notificación judicial de siete facturas a Concesiones Santiago Sociedad Participante S.A., quien las impugnó por falta de prestación de servicios.
- Concesiones Santiago Sociedad Participante S.A. opuso excepciones (art. 464 N° 2 y 7 del Código de Procedimiento Civil), argumentando que las facturas fueron emitidas por Delta Ingeniería y Construcciones S.A. y que la cesión a era inoponible por no cumplir con los requisitos legales para facturas electrónicas.
- alegó haber notificado la cesión por carta certificada y que la ejecutada no impugnó la cesión en la gestión preparatoria.
- La cesión de las facturas se realizó, mediante anotación en el regi...
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