Suprema - Rol 9921-2025

SOTOMAYOR CABAÑA CONTRA JUZGADO DE GARANTÍA DE VIÑA DEL MAR

Abstracto

Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticuatro.

VISTOS:

Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de sus fundamentos quinto y sexto, que se eliminan.

Y TENIENDO EN SU LUGAR PRESENTE:

1° Que el recurrente de amparo denuncia que Gendarmería de Chile ha incurrido en un acto ilegal y arbitrario al negarse a adecuar la pena que cumple, argumentando que la Ley N° 21.694 no le resulta aplicable.

2° Que, como se señala en el fallo en alzada, la discusión sobre la aplicación de la Ley N° 21.694, que indultó a personas condenadas por delitos cometidos durante el estallido social, ha generado diversas interpretaciones. Algunas decisiones judiciales han considerado que esta ley no es aplicable a quienes cometieron delitos comunes, mientras que otras han sostenido que sí lo es, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en la ley.

3° Que, en el caso de , el delito por el cual fue condenado no está directamente relacionado con el estallido social, por lo que la aplicación de la Ley N° 21.694 no es clara. Sin embargo, el recurrente argumenta que la ley es más favorable al condenado, ya que permite una reducción de la pena.

4° Que, esta Corte Suprema ha tenido la oportunidad de pronunciarse sobre la aplicación de la Ley N° 21.694 en casos similares, señalando que es necesario analizar cada situación en particular para determinar si la ley resulta o no aplicable. En este sentido, se ha considerado relevante el contexto en el que se cometió el delito, así como la finalidad de la ley.

5° Que, en el presente caso, no se advierte que la decisión de Gendarmería de Chile de no adecuar la pena de sea ilegal o arbitraria. La interpretación de la ley es compleja y ha generado diversas opiniones, por lo que no se puede afirmar que la decisión de la recurrida sea la única posible.

6° Que, sin perjuicio de lo anterior, es importante señalar que el recurrente tiene la posibilidad de recurrir a otras instancias judiciales para impugnar la decisión de Gendarmería de Chile. En este sentido, puede presentar un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones respectiva, o bien, un recurso de queja ante la Corte Suprema.

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 del Auto Acordado N° 1-1958, se confirma la sentencia apelada de veintinueve de abril de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el recurso de amparo interpuesto en favor de en contra de Gendarmería de Chile.

Redacción a cargo del Ministro .

Rol N° 33.729-2024.

Pronunciado por la Segunda Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros , , y las Ministras , .

Voto disidente de la Ministra señora quien fue de opinión de revocar la sentencia apelada y en su lugar acoger el recurso de amparo, por las siguientes consideraciones:

1° Que el amparado fue condenado como autor de tres delitos de robo con violencia, en grado de frustrado y consumado, en causa RIT N° 646-2020 del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, a la pena única de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, con abono de la data desde el 23 de noviembre de 2019, más las accesorias legales, por sentencia de 21 de octubre de 2021, confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago el 14 de diciembre de 2021 y rechazada la admisibilidad del recurso de casación por la Corte Suprema el 6 de abril de 2022.

2° Que, además, se le reconoció la minorante de responsabilidad penal de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, contemplada en el artículo 11 N° 9 del Código Penal.

3° Que el artículo 1° de la Ley N° 21.694 -interpretado a la luz de su historia fidedigna y de la finalidad tenida en vista por el legislador al dictarla- establece un mecanismo de conmutación de la pena privativa de libertad respecto de personas que fueron condenadas por delitos cometidos desde el 18 de octubre de 2019 hasta el 6 de diciembre de 2023, en el contexto de las manifestaciones ocurridas a partir de la primera de esas fechas, siempre que cumplan los requisitos que allí se establecen.

4° Que esta norma resulta aplicable al amparado, desde que fue condenado por delitos cometidos dentro del período comprendido en la ley y, además, se le reconoció la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos.

5° Que, en consecuencia, la decisión de Gendarmería de Chile de negarle la aplicación de la Ley N° 21.694 al amparado es ilegal y arbitraria, desde que dicha ley le resulta más favorable.

6° Que, por lo tanto, corresponde revocar la sentencia apelada y acoger el recurso de amparo, ordenando a Gendarmería de Chile que aplique la Ley N° 21.694 al amparado, con el objeto de que se determine si cumple con los requisitos establecidos en la ley para acceder a la conmutación de la pena privativa de libertad.

Autoriza la Ministra de Fe de esta Excma. Corte Suprema.

Resumen

• Datos básicos del caso: Recurso de amparo Rol N°9921-2025, Corte Suprema, 4 de abril de 2025.

• Antecedentes procesales relevantes: Se apela sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (N°715-2025, 25 de marzo de 2025) que rechazó un recurso de amparo. La Corte Suprema confirma la sentencia apelada.

• Hechos establecidos: El 28 de agosto de 2024, se unificaron tres condenas impuestas al amparado por robos por sorpresa cometidos en 2022. Se reconoció la atenuante de colaboración sustancial y la agravante de reincidencia específica. La Ley 21.694, publicada el 4 de septiembre de 2024, derogó el artículo 449 N°2 del Código Penal e incorporó el artículo 68 Ter.

• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de la Corte: Determinar si la negativa a adecuar la pena del amparado a la luz de la Ley 21.694 es ilegal y afecta su libertad personal.

• Argumentos de las partes: No se explicita en el extracto, pero se entiende que el recurrente argumenta que la Ley 21.694, específicamente el artículo 68 Ter, es más favorable y debe aplicarse retroactivamente para reducir su condena.

• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se cita el artículo 18 del Código Penal como base para la aplicación retroactiva de la ley penal más favorable.

• Fundamentos clave de la Corte Suprema: La mayo...

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