Tricel - Rol 238-2012
Reclamación Nulidad Elección ADIPTGEN Naturaleza Gremial
Abstracto
Rol N° 238-2012. Reclamación de nulidad de elección de directiva de ADIPTGEN. El Tribunal Calificador de Elecciones revoca la inadmisibilidad dictada en primera instancia y admite a trámite la reclamación, considerando que la asociación es de carácter gremial y aplicable el artículo 16 de la Ley N° 18.593.
Resumen
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:
1°) Que a fojas 27 comparece doña Yanina Fuenzalida Zambrano quien, invocando su calidad de candidata derrotada en los comicios que impugna, deduce reclamación de nulidad de la elección del directorio nacional de la Asociación Nacional de Directivos Profesionales y Técnicos de Gendarmería de Chile (ADIPTGEN), celebrada el veintidós de agosto de dos mil doce;
2°) Que el Tribunal de primera instancia ha declarado inadmisible la reclamación de nulidad por falta de quórum en la manera de proponerse la acción pues estima que resulta exigible la comparecencia de, a lo menos, diez de los miembros de la Asociación y para ello invoca el artículo 10 N° 2 de la Ley N° 18.593 de los Tribunales Electorales Regionales;
3°) Que el recurso de apelación subsidiario, dirigido contra la resolución precedentemente referida, esgrime que la norma legal aplicable a esta clase de asuntos es la contenida en el artículo 16 de la Ley N° 18.593 toda vez que se trata de una reclamación a las que se refiere el número 2° del artículo 10 de la ley mencionada;
4°) Que el artículo 10 de la Ley de los Tribunales Electorales Regionales establece: "Corresponde a los Tribunales Electorales Regionales:
1º.- Calificar las elecciones de carácter gremial y las de los grupos in...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.