Tricel - Rol 71-2016
Apelación Candidatura Concejal Tortel Servicio Electoral
Abstracto
Rol N° 71-2016. El Tribunal Calificador de Elecciones acoge recurso de apelación y revoca sentencia previa, declarando que se acoge reclamación contra resolución del Director Regional del Servel. Se ordena la inscripción de candidato independiente a Concejal en Tortel, tras rectificar error en afiliación política atribuida por un partido del pacto electoral.
Resumen
Santiago, dos de septiembre de dos mil dieciséis.
Vistos:
Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos Octavo, Noveno y Décimo, que se suprimen.
Y teniendo en su lugar y, además, presente:
1.- Que el inciso quinto del artículo 107 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, dispone que en todo aquello a lo que no se refiere esa norma, "las declaraciones de candidaturas se regirán por los artículos 3°, con excepción del inciso tercero para el caso de los concejales, 3° bis, con excepción de su inciso tercero, 4°, incisos segundo y siguientes, y 5º de la Ley 18.700", sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 105 de la misma ley orgánica;
2.- Que, en lo pertinente, el artículo 3º de la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, señala: "Las declaraciones de candidaturas deberán efectuarse por escrito, para cada acto eleccionario, ante el Servicio Electoral quien les pondrá cargo y otorgará recibo.
Las declaraciones deberán efectuarse por el Presidente y el Secretario de la Directiva Central de cada partido político o de los partidos que hubieren acordado un pacto electoral o por, a lo menos, cinco de los ciudadanos que patrocinen una candidatura independiente, acompañando la nómina a ...
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