Tricel - Rol 227-2017
Reclamo Electoral Sanción Omisión Gasto Candidata Concejala
Abstracto
El Tribunal Calificador de Elecciones, Rol N° 227-2017, acoge reclamo electoral de candidata a concejala contra sanción por omitir valorizar servicios de voluntarios en campaña (Art. 42 Ley N° 19.884), absolviéndola de la multa aplicada, pero confirma la sanción al administrador electoral.
Resumen
A fojas 31 se encuentra agregada la reclamación electoral de doña Graciela del Pilar Krause Santis, quien fuera candidata a Concejala por la comuna de Casablanca en el proceso municipal 2016, contra la Resolución N° G 2699, de 30 de mayo de 2017, del Director del Servicio Electoral, que se encuentra agregada a fojas 23, que le aplicó una multa de 5 unidades tributarias mensuales por infracción al artículo 42 de la Ley N° 19.884 por omitir valorizar los servicios, por 16 días, de 4 voluntarios durante la campaña.
El Servicio Electoral, conforme a sus facultades, fijó el valor de la omisión en la suma de $686.656 al multiplicar $42.916 -valor diario de los servicios de 4 voluntarios- por 16 días.
Además, la Resolución aludida sanciona al Administrador Electoral don Gabriel Andrés Abarca Lara, al pago de 5 unidades tributarias mensuales por no registrar debidamente valorizado los servicios de 4 voluntarios en la campaña electoral de la candidata señora Krause, lo que estima en $686.656.
Y TENIENDO PRESENTE:
1°) Que el artículo 42 de la Ley N° 19.884 consagra "El Director del Servicio Electoral se pronunciará respecto de la cuenta de ingresos y gastos electorales dentro de los cuarenta y cinco días siguientes de expirado el plazo a que se refiere el inciso primero del artículo...
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