Tricel - Rol 320-2017
Reclamación Sanción SERVEL Extemporaneidad Gasto Electoral
Abstracto
Rol N° 320-2017. Reclamación contra resolución del Servicio Electoral que aplica sanciones. Se declara inadmisible por extemporánea la reclamación presentada, al haberse excedido el plazo legal de cinco días hábiles para su interposición, conforme a las Leyes N° 18.556 y N° 19.884.
Resumen
VISTOS:
1°) Que según consta a fojas 34, la Resolución impugnada fue notificada al candidato don Sergio Fernando Carvajal Cádiz, a su Administradora Electoral doña Teresita de Jesús Carvajal Cádiz y al Administrador General Electoral del Partido Humanista, con fecha 2 de junio de 2017 y la reclamación, de fojas 37, se presentó el 14 de junio de 2017, esto es, al octavo día hábil;
2°) Que el artículo 70 D N° 10 de la Ley N° 18.556, aplicable por reenvío del artículo 51 de la Ley N° 19.884, concede un plazo de cinco días hábiles para reclamar de la Resolución del Servicio Electoral que aplica sanciones;
3°) Que, por su parte, el artículo 52 de la Ley N° 19.884 establece que los días hábiles, para estos efectos, son de lunes a viernes, descontándose los sábados, domingos y festivos;
4°) Que, en consecuencia, resulta que la reclamación de fojas 37, es extemporánea.
Con lo relacionado y disposiciones citadas, se declara inadmisible, por extemporánea, la reclamación intentada a fojas 37, en contra de la Resolución N° G 3009, de dos de junio de dos mil diecisiete, del Director del Servicio Electoral, escrita a fojas 29....
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