Tricel - Rol 343-2017
Inadmisibilidad Reclamación Electoral por Extemporaneidad Tribunal Calificador
Abstracto
Rol N° 343-2017. Reclamación electoral contra resolución del Servicio Electoral que aplica sanciones. El Tribunal Calificador de Elecciones declara inadmisible el reclamo por extemporaneidad, al haber sido presentado fuera del plazo legal de cinco días hábiles, conforme a las Leyes N° 18.556 y N° 19.884.
Resumen
VISTOS:
1°) Que según consta a fojas 35, la Resolución impugnada fue notificada al candidato don Alamiro Adasme Adasme y asu Administrador Electoral don Julio Andrés González Ravets, con fecha 2 de junio de 2017 y la reclamación, de fojas 38, se presentó el 12 de junio de 2017, esto es, al sexto día hábil;
2°) Que el artículo 70 D N° 10 de la Ley N° 18.556, aplicable por reenvío del artículo 51 de la Ley N° 19.884, concede un plazo de cinco días hábiles para reclamar de la Resolución del Servicio Electoral que aplica sanciones;
3°) Que, por su parte, el artículo 52 de la Ley N° 19.884 establece que los días hábiles, para estos efectos, son de lunes a viernes, descontándose los sábados, domingos Y festivos;
4°) Que, en consecuencia, resulta que la reclamación de fojas 38, es extemporánea.
Con lo relacionado y disposiciones citadas, se declara inadmisible, por extemporánea, la reclamación intentada a fojas 38, en contra de la Resolución N° G 3095, de dos de junio de dos mil diecisiete, del Director del Servicio Electoral, escrita a fojas 31.
Rol N° 343-2017....
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