Tricel - Rol 394-2017

Inadmisibilidad Reclamación Extemporánea Servicio Electoral Sanciones

Abstracto

El Tribunal Calificador de Elecciones, Rol N° 394-2017, declara inadmisible por extemporánea la reclamación presentada contra la Resolución N° G 3521 del Director del Servicio Electoral. La reclamación superó el plazo legal de cinco días hábiles para impugnar sanciones, conforme a los artículos 70 D N° 10 de la Ley N° 18.556 y 51 y 52 de la Ley N° 19.884.

Resumen

CONSIDERANDO:

1° Que según consta a fojas 35, la Resolución impugnada fue notificada a la candidata, doña Damaris Marisela Añazco Vargas, con fecha 7 de junio de 2017 y la reclamación, de fojas 39, se presentó el 19 de junio de 2017, esto es, al octavo día hábil;

2° Que el artículo 70 D N° 10 de la Ley N° 18.556, aplicable por reenvío del artículo 51 de la Ley N° 19.884, concede un plazo de cinco días hábiles para reclamar de la Resolución del Servicio Electoral que aplica sanciones;

3° Que, por su parte, el artículo 52 de la Ley N° 19.884 establece que los días hábiles, para estos efectos, son de lunes a viernes, descontándose los sábados, domingos y festivos;

4° Que, en consecuencia, resulta que la reclamación de fojas 39, es extemporánea.

Con lo relacionado y disposiciones citadas, se declara inadmisible, por extemporánea, la reclamación intentada a fojas 39, en contra de la Resolución N° G 3521, de siete de junio de dos mil diecisiete, del Director del Servicio Electoral, escrita a fojas 30.

Notifíquese, regístrese y devuélvase.

Rol N° 394-2017....

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