Tricel - Rol 846-2017
Reclamo Electoral Omisión Gastos Campaña Municipal
Abstracto
Rol N° 846-2017. Reclamo electoral contra sanción por omisión de gastos en campaña municipal 2016. El Tribunal Calificador de Elecciones acoge el reclamo del candidato a Concejal, absolviéndolo de la multa. Confirma la sanción al Administrador Electoral. Se analiza la tipicidad de la infracción según el artículo 48 de la Ley N° 19.884.
Resumen
VISTOS:
A fojas 36 se encuentra agregada la reclamación electoral de don Alejandro Alfonso Gómez Cortes, quien fuera candidato a Concejal por la comuna de Providencia y su Administrador Electoral, don Alejandro Manuel Gómez Cerda, en el proceso municipal 2016, contra la Resolución N° G 9839, de 21 de julio de 2017, del Director del Servicio Electoral, que se encuentra agregada a fojas 29 que le aplicó, al candidato, una multa de 5 unidades tributarias mensuales por infracción al artículo 48 de la Ley N° 19.884 por omitir valorizar el trabajo de dos voluntarios por 16 días durante la campaña electoral.
El Servicio Electoral, conforme a sus facultades, fijó el valor de la omisión en la suma de $343.328 al multiplicar $21.458 -valor diario de los servicios de dos voluntarios- por 16 días.
Además, la Resolución aludida sanciona a la Administrador Electoral, don Alejandro Manuel Gómez Cerda, al pago de 5 unidades tributarias mensuales por no registrar debidamente valorizado los servicios de dos voluntarios, en la campaña electoral del candidato señor Gómez Cortes, lo que estima en un monto de $343.328.
Y TENIENDO PRESENTE:
1°) Que el artículo 48 de la Ley N° 19.884 consagra "*El Director del Servicio Electoral se pronunciará respecto de la cuenta de ingresos y gast...
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