Tricel - Rol 94-2019
Competencia Nulidad Electoral Leftraru Contienda Bío Bío Araucanía
Abstracto
El Tribunal Calificador de Elecciones resuelve la contienda de competencia Rol N° 94-2019 entre los Tribunales Electorales Regionales del Bío Bío y La Araucanía. Se declara competente al Tribunal Electoral de La Araucanía para conocer la reclamación de nulidad electoral presentada, ya que el acto eleccionario se realizó en su territorio.
Resumen
VISTOS:
1°) Que se encuentra trabada contienda de competencia entre los Tribunales Electorales de la región de Bío Bío y de la región de La Araucanía.
Que ambos Tribunales se han declarado incompetentes para conocer el reclamo de nulidad electoral presentado por don Francisco Painevilo Lincoñir y otros miembros de la Asociación Nacional de Comunidades Agrícolas e Indígenas Leftraru A.G., que fue presentado en el Tribunal Electoral de la región de La Araucanía;
2°) Que la norma de competencia contenida en el artículo 134 del Código Orgánico de Tribunales, tiene el carácter de residual, cuya aplicación sólo tendrá lugar a falta de otra disposición;
3°) Que la Asociación Nacional de Comunidades Agrícolas e Indígenas Leftraru A.G. se constituyó en el año 2002, la cual tiene carácter nacional y cuya finalidad es promover y difundir el desarrollo de organizaciones en el área agrícola e indígena, fijando su domicilio en la comuna de Cañete, región del Bío Bío;
4°) Que la circunstancia de haberse previsto en los Estatutos de esa Asociación un domicilio en la comuna de Cañete, región del Bío Bío, no obsta a que el conflicto electoral sea resuelto por otro Tribunal Electoral Regional, como resulta ser, el de la región de La Araucanía, pues, en la especie, el conflic...
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