Tricel - Rol 130-2019
Reclamación Electoral Declara Inadmisible Por Extemporánea
Abstracto
Rol N° 130-2019. Reclamación intentada por don Jaime Norberto León Codocedo contra Resolución del Servicio Electoral que aplica sanciones. El Tribunal Calificador de Elecciones declara inadmisible la reclamación por extemporánea, al haber sido presentada fuera del plazo legal de cinco días hábiles.
Resumen
1°) Que según consta a fojas 66 la Resolución impugnada fue notificada mediante correo electrónico al candidato, don Jaime Norberto León Codocedo, el ocho de marzo de dos mil diecinueve y la reclamación, de fojas 67, se presentó el uno de abril de dos mil diecinueve, esto es, al décimo quinto día hábil contado desde su notificación;
2°) Que el artículo 75 N° 10 de la Ley N° 18.556, aplicable por reenvío por el artículo 138 inciso 3° de la Ley N° 18.700, concede un plazo de cinco días hábiles para reclamar de la Resolución del Servicio Electoral que aplica sanciones;
3°) Que, por su parte, el artículo 75 inciso final de la Ley N° 18.556 establece que los días hábiles, para estos efectos, son de lunes a viernes, descontándose los sábados, domingos y festivos;
4°) Que, en consecuencia, la reclamación de fojas 67, es extemporánea por haberse presentado al décimo quinto día hábil siguiente de su notificación.
Con lo relacionado y disposiciones citadas, se declara inadmisible la reclamación intentada a fojas 67 en contra de la Resolución O N° S/579 del señor Director del Servicio Electoral, por extemporánea.
Notifíquese, regístrese y devuélvase....
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