Tricel - Rol 142-2020
Reclamación Inadmisible Servicio Electoral PPD Extemporaneidad
Abstracto
Rol N°142-2020. Reclamación del Partido Por La Democracia contra amonestación del Servicio Electoral por no entregar justificación de gastos 2018. Aplicación de Leyes N°18.603 y N°18.556. Tribunal Calificador de Elecciones declara inadmisible la reclamación por extemporánea al haber sido presentada fuera del plazo legal de 5 días hábiles.
Resumen
CONSIDERANDO:
1°) Que a fojas 100 se ha deducido recurso de reclamación en contra del Oficio Ordinario O-N° 1.844 de 23 de julio de 2020, del Director del Servicio Electoral, que ejecuta la sanción de amonestación por escrito aplicada en la Resolución O-N°309, de 12 de junio de 2020, del mismo Director, al Partido Por La Democracia, por no haber dado cumplimiento a la obligación legal de entregar la documentación que justificara los gastos del partido realizados durante el ejercicio contable de 2018, aplicando para ello los artículos 41 y 44 de la Ley N°18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos;
2°) Que, el Tribunal, en la etapa de admisibilidad en que se encuentra la presente reclamación tiene presente que el inciso cuarto del artículo 71 de la ley N°18.603 reenvía a la Ley N° 18.556 al señalar que “... las sanciones de multa a que se refieren los artículos 64 y 65 y, en general, las que correspondan a la inobservancia del título V de esta ley, serán impuestas por el Servicio Electoral, según su ley orgánica”;
3°) Que los artículos 41 y 44 de la Ley N°18.603 se encuentran en el Título V de esta Ley, de lo que se colige que las sanciones por estas infracciones deben ser impuestas por el Director del Servicio Electoral, de conformidad a la Ley N°18.55...
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