Tricel - Rol 188-2020
Remoción Alcalde Contravención Probidad Administrativa Huechuraba
Abstracto
Rol N°188-2020. El Tribunal Calificador de Elecciones revoca parcialmente sentencia apelada. Acoge requerimiento solo en cuanto a sancionar a Alcalde de Huechuraba por contravención a probidad administrativa. Aplica medida disciplinaria de suspensión del cargo por un mes con goce del 50% del sueldo.
Resumen
Se reproduce la sentencia impugnada con excepción del considerando 50°, que se elimina.
Y TENIENDO EN SU LUGAR Y ADEMÁS PRESENTE:
1°) Que el artículo 60 letra c) de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece "El alcalde cesará en su cargo en los siguientes casos: (...) c) Remoción por impedimento grave, por contravención de igual carácter a las normas sobre probidad administrativa, o notable abandono de sus deberes".
El Título III denominado "De la probidad administrativa" de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en su artículo 52, consagra "Las autoridades de la Administración del Estado, cualquiera que sea la denominación con que las designen la Constitución y las leyes, y los funcionarios de la Administración Pública, sean de planta o a contrata, deberán dar estricto cumplimiento al principio de la probidad administrativa.
El principio de la probidad administrativa consiste en observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular.
Su inobservancia acarreará las responsabilidades y sanciones que determinen la Constitución, las leyes y el párrafo 4º de este Título, en su caso";
2°) Que el ...
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