Tricel - Rol 195-2020
Apelación Remoción Alcalde Arica Quorum Mínimo
Abstracto
El Tribunal Calificador de Elecciones, Rol N°195-2020, revoca la resolución del Tribunal Electoral de Arica y Parinacota que no admitió un requerimiento de remoción contra el Alcalde de Arica. El recurso de apelación se funda en la correcta interpretación del quorum mínimo para iniciar dicho requerimiento, según la Ley N°18.695 y la ley de 1878.
Resumen
VISTOS:
1°) Que se ha deducido recurso de apelación en contra de la resolución del Tribunal Electoral de la Región de Arica y Parinacota que tuvo por no interpuesto el requerimiento de remoción deducido en contra del Alcalde de la Municipalidad de Arica, don Gerardo Espíndola Rojas, por no cumplir con el quorum mínimo que exige el inciso 4° del artículo 60 de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades;
2°) Que el artículo 60 de la Ley N°18.695 dispone "El alcalde cesará en su cargo en los siguientes casos:
...
c) Remoción por impedimento grave, por contravención de igual carácter a las normas sobre probidad administrativa, o notable abandono de sus deberes".
Y el inciso cuarto de la misma norma, agrega:
"La causal establecida en la letra c) será declarada por el tribunal electoral regional respectivo, a requerimiento de, a lo menos, un tercio de los concejales en ejercicio, observándose el procedimiento establecido en los artículos 17 y siguientes de la ley N°18.593, de los Tribunales Electorales Regionales, para lo cual no se requerirá patrocinio de abogado";
3°) Que, por su parte, la “Lei que fija las reglas para declarar la mayoría necesaria para la aprobación de los actos de las corporaciones que dictan leyes, ordenanzas, etc”, de 4 de julio de...
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