Tricel - Rol 2133-2021
Rechazo reclamo gasto electoral reforestación TCE
Abstracto
El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó el reclamo Rol N°2133-2021 interpuesto por Rafael Ignacio Sotomayor Narbona. Se solicitaba considerar gastos de reforestación como gasto electoral, lo que fue desestimado por no estar contemplado en la Ley N°18.603.
Resumen
1°) Que el artículo 2° de la Ley N°19.884, Orgánica Constitucional sobre Transparencia, Límite y Control del Gasto Electoral define el gasto electoral en los siguientes términos: “Para los efectos de esta ley, se entenderá por gasto electoral todo desembolso o contribución avaluable en dinero, efectuado por el precandidato en lo que corresponda, el candidato, un partido político o un tercero en su favor, con ocasión y a propósito de actos electorales.
Sólo se considerarán gastos electorales los que se efectúen por los siguientes conceptos: a) Todo evento o manifestación pública, propaganda y publicidad escrita, radial, audiovisual o en imágenes, dirigidos a promover a un candidato o a partidos políticos, cualquiera sea el lugar, la forma y medio que se utilice. Lo anterior se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en las normas del párrafo 6º del título I de la ley N°18.700. b) Las encuestas sobre materias electorales o sociales que encarguen los candidatos o los partidos políticos, durante la campaña electoral. c) Derechos de uso o arrendamiento de bienes muebles e inmuebles destinados al funcionamiento de los equipos de campaña o a la celebración de actos de proselitismo electoral. d) Pagos efectuados a personas que presten servicios a las candidaturas. e) Gastos realizados pa...
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