Tricel - Rol 212-2025
Rechazo Reclamación No Presentación Cuenta Electoral Concejales
Abstracto
El Tribunal Calificador de Elecciones, Rol N°212-2025, rechaza reclamación contra resolución del Director del Servicio Electoral que rechazó cuenta de ingresos y gastos electorales de candidata a Concejal por Cochamó, por no presentación de la misma, infracción grave al artículo 50 de la Ley N°19.884.
Resumen
1°) Que, a fojas 16, el veintinueve de enero de dos mil veinticinco, reclama don Jonathan Ignacio Cárdenas Barría, Administrador Electoral de doña Madeline Aedo Plaza, candidata a Concejal por la comuna de Cochamó, en la elección de Concejales 2024, contra la resolución N°G1383 de veintidós de enero de dos mil veinticinco, del Director del Servicio Electoral.
La resolución aludida precedentemente rechazó la cuenta de ingresos y gastos electorales de la candidata por no haberse presentado, lo que constituye una omisión grave, infringiendo el artículo 50 de la Ley N°19.884, al impedir llevar a cabo el procedimiento de comprobación de la contabilidad electoral que corresponde efectuar al Servicio Electoral;
2°) Que, el reclamante alega que la no rendición de la cuenta se debió a falta de información;
3°) Que, en relación a la obligación de presentar la cuenta general de ingresos y gastos electorales, el artículo 47 de la Ley N°19.884, dispone: “Dentro de los treinta días siguientes a una elección presidencial, parlamentaria, de gobernador regional o municipal, los administradores generales electorales deberán presentar al Subdirector de Control del Gasto y Financiamiento Electoral del Servicio Electoral una cuenta general de los ingresos y gastos electorales directamente recibido...
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