Contraloría - Dictamen N° 13420 2014
Feriado no utilizado por cese de funciones: pérdida y no compensación.
Abstracto
El dictamen establece que el feriado legal no utilizado por un funcionario se pierde al cesar sus funciones, ya sea por vencimiento de contrato, y no es susceptible de compensación en dinero, conforme a la ley y criterios jurisprudenciales.
Resumen
- Un exfuncionario de la Armada, que se desempeñó en la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, consultó sobre el feriado pendiente al momento de su cese. La expiración de sus labores ocurrió el 31 de diciembre de 2013, debido al vencimiento del plazo de su contrata.
- La Contraloría General de la República aplica el criterio de que el goce del feriado legal está supeditado al mantenimiento de la calidad de funcionario público. Por lo tanto, el derecho a tomar vacaciones se vincula intrínsecamente al ejercicio activo de las funciones.
- En consecuencia, cuando finaliza la relación laboral de un funcionario público, independientemente de la causal específica como la expiración de un contrato, el feriado acumulado y no utilizado se considera extinguido. Esto se debe a...
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