Contraloría - Dictamen N° 8851 2014
Análisis jurídico sobre contratación a honorarios para docencia de académicos UMCE.
Abstracto
La Contraloría General establece que académicos de la UMCE pueden ser contratados a honorarios para docencia excepcional y temporal, siempre que sea para cometidos específicos y fuera de su jornada ordinaria laboral.
Resumen
- La consulta central refiere a la posibilidad de contratar a académicos de la Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación (UMCE) bajo la modalidad de honorarios para impartir docencia en la misma institución.
- El estatuto de la UMCE (Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 1986) y su reglamento interno de académicos (Resolución N° 320, de 1993) establecen que la docencia es una labor propia de dicha universidad, ejercida principalmente por académicos de planta o contrata.
- El artículo 67 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 1986 (UMCE), faculta a la corporación para contratar personas, determinar sus honorarios y establecer las condiciones de los servicios.
- El artículo 11, inciso segundo, de la Ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo) permite la contratación a honorarios para co...
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