Contraloría - Dictamen N° 84495 2016
Dictamen: Cómputo de plazo para reclamo de ilegalidad municipal vía electrónica
Abstracto
La Contraloría reconsidera rechazo de reclamo de ilegalidad municipal, determinando que fue presentado dentro del plazo de diez días hábiles al ser remitido electrónicamente el último día.
Resumen
- El artículo 156 de la Ley N° 18.883 faculta a los funcionarios municipales para reclamar ante la Contraloría General por vicios de legalidad, dentro de un plazo de diez días hábiles.
- El cómputo de los plazos de días en materia legal se entiende que son completos y corren hasta la medianoche del último día, conforme al artículo 48, inciso primero, del Código Civil.
- El artículo 25 de la Ley N° 18.880 establece que los días sábados, domingos y festivos son inhábiles para el cómputo de plazos.
- Los artículos 5º y 19 de la Ley N° 19.880 permiten la realización del procedimiento administrativo y sus actos a través de técnicas y medios electrónicos.
- Se analizó una solicitud de reconsideración respecto al oficio N° 23.754 de la Contraloría Regional del Biobío, que rechazó por extemporáneo...
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