Civil - Rol N° C-960-2011
Sentencia: Infracción Ley de Pesca por captura sin registro de embarcación
Abstracto
Tribunal condena a pescador por capturar recursos hidrobiológicos sin que su embarcación estuviera inscrita en el registro artesanal, aplicando multa de 2,4 UTM.
Resumen
- El régimen de acceso a la explotación de recursos hidrobiológicos para la pesca artesanal es de libertad de pesca, pero para ejercer actividades extractivas, los pescadores artesanales y sus embarcaciones deben inscribirse previamente en el registro artesanal que lleva el Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca), conforme al Artículo 50 de la Ley 18.892.
- Sernapesca es responsable de mantener el registro pesquero artesanal y su reglamento determina los procedimientos de sustitución y reemplazo de embarcaciones e inscritos, permitiendo a la Subsecretaría determinar las inscripciones vacantes para no afectar la sustentabilidad del recurso.
- La infracción imputada corresponde a la establecida en el Artículo 110, letra d), en relación con el Artículo 50 de la Ley General de Pesca y Acuicult...
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