Civil - Rol N° V-128-2012
Autorización judicial para inscripción extemporánea de defunción según Ley N° 4.808
Abstracto
El tribunal autoriza judicialmente la inscripción de una defunción fuera de plazo, tras verificar la concurrencia de motivos justificados y el cumplimiento de los requisitos legales establecidos en la Ley N° 4.808.
Resumen
- Un solicitante, , pidió al tribunal autorización para inscribir la defunción de , acaecida el 05 de abril de 2012, por haber transcurrido el plazo legal.
- La defunción ocurrió en la comuna de Huara, camino a Soga, kilómetro 15, a causa de un accidente de tránsito.
- El artículo 26 de la Ley N° 4.808 sobre Registro Civil exige un decreto judicial para proceder a la inscripción de una defunción pasados tres días desde el fallecimiento.
- Para conceder la autorización de inscripción extemporánea, el tribunal debe verificar: 1) la acreditación de la defunción, 2) que hayan transcurrido más de tres días sin solicitud al Registro Civil, y 3) la indicación y acreditación de los motivos que impidieron la inscripción oportuna.
- Los motivos de la tardanza alegados y...
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