Civil - Rol N° V-129-2012
Autorización judicial para inscripción tardía de defunción según Ley 4.808
Abstracto
El tribunal autoriza la inscripción tardía de una defunción tras verificar que se cumplieron los requisitos del artículo 26 de la Ley 4.808, fundamentando la omisión en la ignorancia de los plazos y un feriado legal.
Resumen
- Don solicitó autorización judicial para inscribir la defunción de , cuya fecha de deceso fue el 5 de abril de 2012.
- La solicitud se fundamenta en que ha transcurrido el plazo legal para la inscripción de defunciones ante el Servicio de Registro Civil.
- El artículo 26 de la Ley N° 4.808 establece que, pasados tres días de la defunción, la inscripción requiere decreto judicial y que el juez calificará los motivos de la omisión.
- La ley prevé sanciones del Código Penal si la omisión de la inscripción se hubiere hecho con dolo o malicia.
- Los requisitos para conceder la autorización de inscripción fuera de plazo son: acreditar la defunción, constatar el transcurso de tres días sin solicitud y justificar los motivos de la omisión.
- Los motivos expuestos pa...
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