Civil - Rol N° C-3276-2011

Tribunal determina infracción ética de abogado por negociación directa sin presencia de colega

Abstracto

El tribunal estableció que un abogado infringió la ética profesional al negociar y suscribir un acuerdo laboral sin conocimiento de su colega, denegando sanción por falta de tipificación penal en la normativa.

Resumen

  • Un abogado fue denunciado por negociar y suscribir un avenimiento en un juicio laboral directamente con la contraparte (demandante), sin la presencia ni conocimiento previo de su propio abogado patrocinante.
  • La denuncia inicial se basó en la presunta infracción al artículo 107 del Código de Ética Profesional, que prohíbe a un abogado negociar con la contraparte sin autorización de su abogado.
  • El abogado denunciado reconoció haber recomendado el avenimiento y redactado el documento, pero alegó ausencia de mala fe o dolo, atribuyendo la omisión a la confianza depositada en terceros.
  • El tribunal aplicó el artículo 41 del Código de Ética Profesional de 1948 del Colegio de Abogados, interpretando que tras el Decreto Ley 3621 de 1981, las normas de ética de las leyes orgánicas profesiona...

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