Civil - Rol N° V-163-2012

Sentencia: Caducidad de concesión minera 'Tamara 3' por incumplimiento de plazos

Abstracto

El Tercer Juzgado de Letras de Copiapó declara la caducidad de la concesión minera 'Tamara 3' debido al incumplimiento de los plazos legales para subsanar objeciones del Servicio Nacional de Geología y Minería, según el Código de Minería.

Resumen

  • El artículo 57 inciso cuarto del Código de Minería establece que si un informe del Servicio contiene observaciones, el juez debe ponerlo en conocimiento del solicitante. El solicitante tiene un plazo de treinta días para conformar la solicitud, el plano, o ambos, a dichas observaciones, o bien objetarlas fundadamente.
  • El artículo 237 del Código de Minería califica como fatales los plazos establecidos con las expresiones "en" u "dentro de", implicando que la ejecución de actos fuera de plazo carece de valor jurídico, conforme al artículo 49 del Código Civil.
  • El artículo 86 del Código de Minería impone al juez la obligación de dictar sentencia declarando la caducidad de los derechos mineros emanados del pedimento o de la manifestación, en caso de no cumplirse durante la tramitación del...

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