Civil - Rol N° V-460-2012

Resolución judicial declara caducidad de pedimento minero por incumplimiento de plazos

Abstracto

Se declara la caducidad de un pedimento minero ('ARRAYAN 84') por no haberse realizado su inscripción y publicación en los plazos legales, aplicando el Código de Minería, ordenando su cancelación.

Resumen

  • La presentación de un pedimento minero exige su inscripción en el Conservador de Minas correspondiente y su publicación en el Boletín Oficial de Minería, conforme a las normas legales, incluyendo el artículo 52 del Código de Minería.
  • El pedimento minero denominado “ARRAYAN 84”, cuya solicitud se presentó el 7 de junio de 2012 y tuvo orden de publicar e inscribir el 13 de junio de 2012, no fue inscrito en el Conservador de Minas de Chile Chico, según informe de dicha entidad.
  • Transcurrieron más de treinta días sin que se practicara la inscripción del pedimento minero en el Conservador de Minas ni su publicación en el Boletín Oficial de Minería.
  • La declaración de caducidad del pedimento minero se fundamenta en lo dispuesto en el inciso final de los artículos 52 y 86 del Código de Min...

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