Civil - Rol N° C-41828-2013
Rechazo de demanda de precario por falta de acreditación de dominio exclusivo
Abstracto
Tribunal rechaza demanda de precario al no acreditarse el dominio exclusivo del inmueble por parte de los demandantes, requisito esencial para la procedencia de la acción según el artículo 2.195 del Código Civil.
Resumen
- La acción de precario, según el inciso segundo del artículo 2.195 del Código Civil, se configura por la tenencia de una cosa ajena, sin previo contrato y por ignorancia o mera tolerancia del dueño.
- Los presupuestos esenciales para la procedencia de la acción de precario son: (a) que la parte demandante sea propietaria del bien raíz cuya restitución solicita; (b) que el demandado ocupe dicho bien raíz; y (c) que la ocupación sea sin previo contrato, por ignorancia o mera tolerancia del dueño.
- La carga probatoria de acreditar la propiedad y la ocupación recae sobre el demandante. Una vez probados estos extremos, corresponde al demandado acreditar la justificación de su ocupación mediante título o contrato.
- Los demandantes acreditaron su calidad de poseedores inscritos de derechos sob...
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