Civil - Rol N° C-554-2014
Sentencia: Restitución de Inmueble por Precario en Caso de Copropiedad
Abstracto
Se acoge demanda de precario, ordenando restituir inmueble copropiedad, al acreditarse dominio de demandante y ocupación del demandado sin título ni contrato previo, basándose en tolerancia de los comuneros.
Resumen
- La acción de precario, conforme al artículo 2195 del Código Civil, requiere que el demandante sea dueño de la cosa, que el demandado la ocupe sin previo contrato, y por mera tolerancia o ignorancia del dueño.
- La demandante acreditó su calidad de comunera del inmueble objeto de la acción mediante la presentación de copia simple de inscripción especial de herencia.
- El derecho de los comuneros sobre la cosa común se rige por normas similares a las de los socios en el haber social, incluyendo el deber de cuidar la conservación, reparación y mejora de los bienes (Arts. 2305, 2081, 2078 Código Civil).
- Cualquier comunero está facultado para ejercer acciones tendientes a la conservación y mejora de la cosa común, pudiendo recuperar el uso y goce legítimo de ella, lo que habilita para ejerc...
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