Civil - Rol N° V-2985-2011

Sentencia declara caducidad de derechos mineros por inacción del titular

Abstracto

El 3º Juzgado de Letras de Copiapó declara la caducidad de pertenencias mineras por incumplimiento del artículo 70 del Código de Minería, al no realizar el titular diligencias útiles por más de tres meses.

Resumen

  • El artículo 70, inciso segundo, del Código de Minería establece que desde que una sentencia ejecutoriada pone fin a un juicio de oposición y hasta que se dicte la sentencia constitutiva, el titular de un derecho a mensurar no puede paralizar trámites por más de tres meses; vencido dicho plazo sin diligencia útil, cualquier persona puede solicitar la caducidad.
  • El artículo 70, inciso cuarto, del Código de Minería señala que mientras no se ejerza el derecho a pedir la caducidad, la tramitación puede continuarse en cualquier tiempo, pero el derecho a pedirla por paralización subsiste hasta la ejecutoria de la sentencia que puso término al juicio o la dictación de la sentencia constitutiva.
  • Se constató que el solicitante no realizó diligencia útil alguna destinada a la constitución de su...

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