Civil - Rol N° C-1551-2015

Tercer Juzgado de Letras de Coquimbo rechaza demanda por precario.

Abstracto

Se rechaza demanda de precario al no acreditarse por el actor el dominio del inmueble ni la ocupación del demandado, conforme al artículo 2195 del Código Civil y la falta de prueba.

Resumen

  • La acción de simple precario, según el artículo 2195, inciso segundo, del Código Civil, se configura ante la tenencia de cosa ajena sin previo contrato, originada por ignorancia o mera tolerancia del dueño.
  • Los elementos constitutivos de la acción de precario son: a) que el actor sea el dueño de la cosa reclamada; b) que dicha cosa se encuentre en tenencia u ocupación del demandado; y c) que esta ocupación derive de la ignorancia o mera tolerancia del dueño, sin título o contrato que la justifique.
  • Corresponde al actor acreditar su dominio sobre el inmueble y la ocupación por parte del demandado.
  • El demandado, en caso de ser requerido, debe acreditar el título que justifica su ocupación.
  • El demandante afirmó ser propietario del inmueble sito en O'Higgins N° 1706 B de Coquimbo, am...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora