Civil - Rol N° C-2313-2015
Sentencia rechaza acción reivindicatoria de vehículo entre cónyuges por falta de dominio
Abstracto
Tribunal rechaza demanda reivindicatoria de vehículo motorizado entre cónyuges al no acreditarse el dominio de la demandante, por cuanto la donación no fue insinuada y es revocable entre cónyuges.
Resumen
- La acción reivindicatoria, contemplada en el artículo 889 del Código Civil, exige que el actor sea dueño de la cosa, la haya sido privado de su posesión, que el demandado sea poseedor no dueño, y que la cosa sea determinada y susceptible de posesión.
- La transferencia del dominio de vehículos motorizados se rige por las normas de los bienes muebles, perfeccionándose la compraventa por el acuerdo sobre la cosa y el precio (Art. 38 Ley de Tránsito y Art. 1801 Código Civil).
- La prueba testimonial acreditó que el vehículo materia del litigio fue regalado por el demandado a la demandante, configurando una donación irrevocable entre vivos (Art. 1386 Código Civil).
- Las donaciones entre vivos requieren de insinuación judicial como requisito sustancial de validez (Art. 1401 Código Civil).
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