Civil - Rol N° V-112-2015

Resolución Judicial Sobre Posesión Efectiva de Herencia Testada e Interpretación de Testamentos

Abstracto

Tribunal deniega solicitud de posesión efectiva al no acreditarse la calidad de heredero del solicitante ni la validez de la institución de heredero sustituto, distinguiendo entre herederos y legatarios según la ley.

Resumen

  • Don solicitó la posesión efectiva de la herencia de Doña Rosa Amelia Reyes González, fallecida el 1 de julio de 2011, cuyo último domicilio fue en Lautaro, comuna de Licantén.
  • Doña Rosa Amelia Reyes González otorgó dos testamentos: uno el 20 de julio de 1988 y otro el 19 de agosto de 1996, este último confirmando la plena vigencia del anterior.
  • El testamento de fecha 20 de julio de 1988 instituyó a Doña Clotilde Reyes González como heredera del remanente de los bienes.
  • Una frase condicional en el primer testamento, "(y en caso que ella no me sobreviva, será mi heredero )", fue declarada inválida por el tribunal debido a su redacción y ubicación específica.
  • El tribunal aplicó el artículo 1100 del Código Civil, concluyendo que en ausencia de herederos...

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