Civil - Rol N° V-229-2014

Tercer Juzgado Civil de Temuco declara posesión notoria de hijos

Abstracto

Tribunal chileno declara la posesión notoria de hijos de dos solicitantes respecto de su madre fallecida, fundamentando la decisión en el trato público y continuo como tal, aplicando Ley 19.253 y normas del Código Civil.

Resumen

  • El marco legal chileno permite la prueba del estado civil de filiación como hijo mediante la posesión notoria, conforme a los artículos 200, 309 y 310 del Código Civil.
  • La Ley 19.253, en su artículo 4, contempla la situación y el procedimiento para obtener declaraciones judiciales de estado civil, siendo relevante para el reconocimiento de derechos indígenas.
  • Don Alejandro Mauricio Barra Huenulaf y Doña Jacqueline del Carmen Barra Huenulaf solicitaron al tribunal la declaración de posesión notoria de su estado civil como hijos de su madre fallecida, Doña Segunda Avelina Huenulaf Toro.
  • Los solicitantes argumentaron que nacieron el 24 de diciembre de 1966 y el 17 de agosto de 1968, respectivamente, y fueron criados conjuntamente por sus padres.
  • Se señaló que, si bien el padre recon...

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