Civil - Rol N° V-322-2015

Cancelación de inscripción de cesión de derechos por concepto de porción conyugal.

Abstracto

Tribunal ordena cancelar inscripción de cesión de derechos de porción conyugal, por cuanto la cónyuge sobreviviente no era heredera sino titular de dicha porción según ley vigente al fallecimiento del causante.

Resumen

  • La solicitud se fundamenta en la incorrecta inscripción de una cesión de derechos hereditarios realizada por doña , quien era cónyuge sobreviviente del causante don , fallecido en 1959.
  • Se alega que, a la fecha de apertura de la sucesión (1959), la legislación vigente (artículos 1.172 a 1.180 del Código Civil) otorgaba a la cónyuge sobreviviente el derecho a la porción conyugal, pero no la calidad de heredera abintestato.
  • La porción conyugal se define como una asignación que corresponde determinar al momento de la partición y constituye una baja general de la herencia, no un derecho hereditario inscribible.
  • La reforma introducida por la ley N°19.585 (publicada en 1998, vigente en 1999) derogó la institución de la porción conyugal y otorgó al cónyuge so...

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