Civil - Rol N° V-53-2015
Sentencia que ordena rectificar fecha de nacimiento en partida
Abstracto
El Juzgado de Letras de Calbuco acoge solicitud para rectificar la fecha de nacimiento de una partida, corrigiendo el error de 1951 a 1950 según certificados y testimonios.
Resumen
- Solicitante pide rectificar su partida de nacimiento, alegando que su fecha real es 14 de agosto de 1950, y no el 14 de agosto de 1951 consignado erróneamente.
- Se aporta certificado de bautismo de la solicitante, de fecha 09 de julio de 1951, que indica que su nacimiento ocurrió en el año 1950.
- Testigos conocedores de la solicitante por más de 40 años confirman en información sumaria que su nacimiento fue en el año 1950.
- La Ley N° 4.808, artículo 17, exige sentencia judicial ejecutoriada para alterar inscripciones del registro civil.
- El artículo 18 de la Ley N° 4.808 permite la rectificación de inscripciones a solicitud del interesado, previa acreditación del error mediante instrumentos públicos o información sumaria.
- El tribunal estima que la información sumaria y la documenta...
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