Civil - Rol N° C-117-2016

Rechazo de oposición a reconstitución de inscripción registral de propiedad

Abstracto

El tribunal rechaza la oposición a la reconstitución de una inscripción registral de propiedad, al no acreditarse el interés patrimonial ni las razones fundadas por parte del opositor, acogiendo la solicitud del requirente.

Resumen

  • La reconstitución de inscripciones en el Registro de Bienes Raíces se rige por la Ley N°16.665, requiriendo el cumplimiento de normas específicas para su tramitación y oposición.
  • La oposición a una solicitud de reconstitución de inscripción registral debe fundarse en razones e intereses específicos, ser formulada dentro de plazo legal y, fundamentalmente, basarse en otra inscripción existente.
  • Para que una oposición sea válida, el opositor debe acreditar un interés patrimonial, requisito que no fue alegado ni probado por la parte opositora en este procedimiento.
  • Doña se opuso a la reconstitución de la inscripción N°132 del Registro de Propiedad de 1941, alegando inexactitud en las medidas del inmueble y la pertenencia de parte de él a terceros herederos, además de r...

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