Civil - Rol N° V-141-2016
Autorización judicial para enajenar bien raíz propio por ausencia del cónyuge
Abstracto
Tribunal autoriza a cónyuge separada de hecho, cuyo marido se encuentra ausente, para enajenar bien raíz propio, acreditada la conveniencia económica y la falta de noticias del cónyuge.
Resumen
- Solicitud de Autorización: Doña , casada bajo Sociedad Conyugal y separada de hecho hace más de 30 años, solicita autorización judicial para vender un inmueble de su propiedad, adquirido por herencia.
- Motivo de la Solicitud: Existe una oferta de $47.000.000 CLP por el inmueble, y la solicitante desconoce el paradero de su cónyuge, lo que impide la venta de mutuo acuerdo.
- Fundamento Legal Principal: La solicitud se fundamenta en los artículos 138 bis y 138 del Código Civil, y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
- Marco Legal - Administración de Bienes Propios (CC Art. 1749): La administración de los bienes propios de la mujer recae en el marido, pero puede ser suplida por autorización judicial ante su negativa injustificada.
- Marco Legal - Autorización ...
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