Civil - Rol N° V-160-2016
Sentencia ordena inscripción de servidumbre de tránsito por predio enclavado
Abstracto
El tribunal declara la existencia de una servidumbre de tránsito voluntariamente constituida y ordena su inscripción, dado que los lotes resultantes de una subdivisión quedaron enclavados y sin acceso público, en aplicación del Código Civil.
Resumen
- Solicitud de inscripción de una servidumbre de tránsito sobre la franja de tierra denominada "Camino Acceso Proyectado".
- La servidumbre beneficia a lotes resultantes de la subdivisión del predio "Quinta San Raimundo", como los Lotes N°21 y N°22.
- Los lotes N°21 y N°22 tienen como deslinde oriental el "Camino Acceso Proyectado", que originalmente se destinó a utilidad pública para el libre desplazamiento.
- Las escrituras primitivas y sucedáneas respetaron y reconocieron este camino como de tránsito público y acceso a las propiedades.
- Se invocó el concepto de "destinación de servidumbre por el Buen padre de familia" (Art. 881 Código Civil), según el cual un servicio establecido por el propietario sobre un predio a favor de otro de su pertenencia subsiste al dividirse la propiedad.
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