Civil - Rol N° V-3-2016
Tribunal declara en mora heredero en aceptación o repudio de herencia
Abstracto
El tribunal declara en mora al heredero por no haber aceptado o repudiado su herencia dentro del plazo legal, aplicando los artículos 1232 y 1233 del Código Civil.
Resumen
- Falleció Teolinda Aurora Barr a Pacheco el 7 de agosto de 2.011 en San Pablo, inscrita su defunción bajo el número 461 del año 2.011 en la circunscripción de Osorno.
- Por resolución exenta N° 3.702 de 5 de diciembre de 2.011, el Director Regional de Los Lagos concedió la posesión efectiva de la herencia de Teolinda Aurora Barr a Pacheco a su cónyuge sobreviviente Jos Aurelio Paredes Rojas y a sus hijos Teolinda del Carmen Paredes Barr a y .
- El artículo 1.232 del Código Civil establece que todo asignatario está obligado a declarar si acepta o repudia su herencia dentro de cuarenta días subsiguientes a la demanda, pudiendo el juez prorrogar dicho plazo.
- El artículo 1.233 del Código Civil dispone que el asignatario que es constituido en mora de declarar si acepta o repud...
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